Club de Oro

Club de Oro

Reglamento del Club

 

El presente documento detalla el contenido e información relevante del Programa de Lealtad para los clientes de Manjar de Oro SRL denominado:

 

CLUB DE ORO

 

  1. Nombre del programa

 

       El Programa de Lealtad se denomina “CLUB DE ORO” y consiste en la acumulación de crédito en tienda, en función a la facturación que generen los clientes de los diferentes productos que Manjar de Oro brinda en sus distintas tiendas nivel nacional, con el objetivo de premiar la preferencia, lealtad y fidelidad de los mismos.

 

  1. Periodo de duración

 

              El presente programa inicia el 01 de marzo de 2021 y tendrá una vigencia mayor a tres años, no contando con una fecha de finalización prevista. Se aclara que la acumulación de créditos entra en vigencia a partir de la cancelación de la factura en la compra de cada producto que Manjar de Oro ofrece en sus puntos de venta a nivel nacional.

 

  1. Modalidad de premiación y cualquier medio de acceso al premio

 

            Podrán ser “Beneficiarios” del “CLUB DE ORO” las Personas Naturales que sean clientes, que cumplan con todas y cada una de las siguientes condiciones:

 

  1. a) Ser mayor de edad y hábil.
  2. b) Poseer cedula de identidad vigente.

 

            Los clientes adheridos al programa “CLUB DE ORO” se considerarán parte del mismo y serán los únicos beneficiarios de los créditos obtenidos en el mismo, así como los únicos autorizados a redimir los créditos.

 

              Estarán inscritos en el programa “CLUB DE ORO”, cuando así lo soliciten, y siempre y cuando se adhieran a las condiciones del Programa, los clientes que cumplan los criterios de acceso contemplados en los incisos a), b) de las condiciones anteriores.

 

          Los Clientes son responsables sobre la veracidad, calidad y exactitud de los datos aportados y son responsables de garantizar que dicha información esté siempre completa y actualizada, por lo tanto, asumen toda la responsabilidad y consecuencias por cualquier información incompleta, parcial o incorrecta que este provea a Manjar de Oro.

 

         Los clientes pueden solicitar de forma voluntaria y en cualquier momento su exclusión del Programa. Dicha solicitud deberá hacerse necesariamente por escrito mediante correo electrónico, chat y/o carta dirigida a Manjar de Oro. En este caso, el cliente dejará de acumular crédito en su cuenta, mientras que los créditos que tuviera acumulados al momento de su exclusión, tendrán la vigencia establecida.

 

        Los créditos del Programa se regirán por las siguientes reglas:

 

  1. Acumulación de crédito para los clientes personales de acuerdo a las compras efectivamente realizadas al contado en los puntos de venta o canales digitales habilitados, de la marca MANJAR DE ORO.

 

          En consecuencia, no se otorgarán crédito por la facturación de:

 

  1. Compras de personas jurídicas.
  2. Compras al crédito y/o en cuotas.
  • Compras por canales que no cuenten con las condiciones técnicas para el registro y acumulación de crédito.

 

          En caso de que Manjar de Oro confirme que un cliente ostenta esta calidad (persona jurídica), podrá excluirlo de forma inmediata del Programa y perderá, de forma automática, todos los Puntos acumulados.

 

           La acumulación de crédito se hará efectiva en la cuenta de crédito del cliente, si y solo si, realiza su compra al contado en cualquiera de nuestras tiendas a nivel nacional, o en los canales digitales habilitados dentro del Programa CLUB DE ORO.

 

  1. Modalidad de sorteo o azar o cualquier otro medio de acceso al premio

 

           La modalidad de acceso al premio es directa a través del canje de crédito acumulados.

 

            A continuación, los lineamientos definidos en el presente programa referidos al canje de crédito:

 

  1. Se entiende por canje de crédito al proceso mediante el cual el cliente solicita usa su crédito acumulado durante la compra de productos en MANJAR DE ORO.

 

  1. Cada vez que el cliente solicite y obtenga un producto utilizando sus créditos, estos serán descontados de la cuenta del cliente.

 

  1. El canje de crédito sólo puede ser solicitado por cliente que participa del programa, presentado el CI correspondiente.

 

  1. Todas las solicitudes de canje de crédito deben ser realizadas personalmente por el cliente en los puntos de ventas habilitados de MANJAR DE ORO, o en canales digital que la empresa vaya habilitando para este fin.

 

  1. Los créditos no podrán ser convertidos en dinero ni utilizados para abonar deudas existentes dentro o fuera de MANJAR DE ORO.

 

  1. Los clientes podrán canjear los créditos obtenidos, solo para adquirir productos de MANJAR DE ORO, no teniendo ningún valor fuera de MANJAR DE ORO, o cuando el programa haya sido culminado en atención a las presentes condiciones.

 

  1. Los clientes podrán verificar la disponibilidad de su crédito en cada momento, a través de los Asistentes de Ventas habilitados a nivel nacional, o de otros medios digitales que MANJAR DE ORO

 

  1. No está permitido la liberación por parte de un cliente de los créditos correspondientes a otro cliente o la acumulación de crédito de varios clientes.

 

  1. Los créditos serán vigentes y podrán ser dirimidos, por un plazo de 12 meses desde la fecha de su acumulación,

 

  1. Los clientes que posean deudas contraídas antes del inicio del programa “CLUB DE ORO”, podrán participar si y solo si, cancelan la deuda total contraída.

 

         Se llevará un registro informatizado en una base de datos en formato digital de la siguiente información:

 

  • Nombres y Apellidos.
  • Número de Cedula de Identidad.
  • Dirección actual.
  • Números de teléfonos fijos y celulares.
  • Correo electrónico.
  • Monto de crédito acumulados por cliente.
  • Otros datos personales que Manjar de Oro considere importantes para la gestión de sus clientes.

 

  1. Modalidad de Sorteo o Azar

 

          Al tratarse de un beneficio que tendrá la modalidad de premiación directa a través del canje de crédito por premios, no se realizará ningún sorteo.

 

  1. Lugar y fecha del sorteo, azar o cualquier otro medio de acceso al premio

 

           Al tratarse de un beneficio que tendrá la modalidad de premiación directa a través del canje de crédito por premios y dado que no existe ningún sorteo, no es posible definir un lugar y fecha para la realización del mismo.

 

  1. Premios ofertados con indicación del valor comercial

 

            La entrega de premios es directa a través del canje de crédito acumulado de cada cliente.

 

             Los clientes acumularán el valor del 3% (tres por ciento) del monto bruto de cada compra que realicen en las tiendas y canales de venta habilitados por MANJAR DE ORO. Este valor se reflejará como crédito a favor del cliente, desde el momento en que el cliente se haya dado de alta en el programa y siempre cuando el cliente se identifique y ofrezca su número de identificación al vendedor que realiza la facturación de sus compras.

 

  1. Lugar y Fecha de Entrega de Premios

 

           La entrega de premios es directa a través del canje de crédito acumulados de cada cliente y esta puede ser efectuada en el momento que el cliente así lo vea conveniente y para la compra de productos que sean de su interés.

 

            Por lo tanto, el lugar de entrega será en cualquiera de las tiendas habilitadas de MANJAR DE ORO, ya sean propias de la empresa Manjar de Oro SRL, o de sus franquicias en el territorio boliviano; o en los medios digitales que MANJAR DE ORO vaya habilitando con esta capacidad.

 

           Actualmente las tiendas de la marca son:

 

SANTA CRUZ:

  • Las Américas 440 (3335338)
  • San Martín esq 6 Oeste (3352868)
  • Viru Viru (3852090)
  • Ventura Mall (4021590)
  • Patio Design (3888022)
  • Beni casi 4to Anillo (3443002)

     

    1. Restricciones y condiciones

     

               Los clientes catalogados como Personas Jurídicas (empresas), no participaran de esta promoción empresarial.

     

             No podrán participar del programa los dependientes, socios, ni ningún otro integrante de la empresa Manjar de Oro SRL.

     

              El cliente cuenta con 30 días calendario para solicitar el ajuste de crédito no asignados. El período de 30 días rige a partir de la fecha de asignación de los créditos.

     

               En caso el cliente tuviera alguna disconformidad respecto a la asignación, canje o ajuste de crédito en su cuenta, deberá llamar al 78008030 o acercarse a las TIENDAS DE MANJAR DE ORO.

     

              El cliente beneficiario del programa consciente al participar en el mismo, que su nombre, imagen, fisonomía, datos, voz y demás signos que se relacionen con su identidad, sean usados por MANJAR DE ORO a través de cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, en cualquier medio incluido internet, tiempo y territorio, o cualquier medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos, siempre que éstos se relacionen con el presente programa, sin remuneración de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa por este hecho.

     

              La información de los datos personales de los participantes, serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en programa y de publicitar sus datos en caso de que realice el canje de crédito.

     

               Se entiende que el cliente acepta las condiciones expresadas en el presente Reglamento por el hecho de utilizar el programa y acepta la obligación que tiene de informarse de las condiciones del mismo que estén vigentes al momento de usar cualquier beneficio y producto del mismo.

     

    1. CAUSALES DE SUSPENSIÓN

     

    Entiéndase como suspensión, el congelamiento o bloqueo temporal de la Cuenta de un Cliente. MANJAR DE ORO se reserva el derecho de suspender la Cuenta de Cliente hasta tanto se aclare o resuelva el hecho que da lugar a la misma, en cualquiera de los siguientes casos y siempre y cuando no constituyan una causal de exclusión:

     

    1. Cuando se detecte un Indicio de Fraude[1].

     

    1. Cuando el cliente realice o participe en una conducta reprochable en las Tiendas incluyendo, pero sin limitarse a, la extracción temporal y no autorizada de utensilios o productos, los comportamientos indebidos, irrespetuosos o contrarios a la moral o a las buenas costumbres, el uso o aprovechamiento no autorizados de las instalaciones o marcas exhibidas en una Tienda.

     

    1. Cuando el cliente realice o participe en una conducta que perturbe, amenace o atente contra la seguridad, integridad, tranquilidad y funcionamiento de una Tienda de MANJAR DE ORO, o contra la seguridad, integridad, tranquilidad, honra y dignidad de otros Clientes o de terceros en una Tienda.

     

    1. Cuando el cliente realice o participe en una conducta que amenace los intereses, la reputación y el buen nombre de las Tiendas, de MANJAR DE ORO y/o de las marcas y productos que ésta representa.

     

    1. CAUSALES DE EXCLUSIÓN

              

             Entiéndase como exclusión la cancelación definitiva de la Cuenta de cliente y la pérdida automática de los Puntos acumulados. Serán causales de exclusión inmediata del Programa, las siguientes:

     

    1. La comercialización, negociación o transferencia de los Puntos acumulados.

     

    1. La comisión o participación en un Fraude o en cualquier acto tendiente a manipular, alterar, dañar o afectar el funcionamiento del Programa.

     

    1. La realización o participación una conducta que atente contra los intereses, la reputación y el buen nombre de las Tiendas de MANJAR DE ORO y/o de las marcas y productos que ésta representa.

     

    1. El maltrato, la agresión física o psicológica hacia los clientes o el personal de una Tienda de MANJAR DE ORO.

     

    1. El incumplimiento de los presentes términos y condiciones.

     

    1. El Cliente que haya sido excluido del Programa no podrá abrir una nueva Cuenta de Cliente, aun cuando continúe siendo Cliente de las Tiendas.

     

    1. MANJAR DE ORO se reserva el derecho de modificar, suspender, eliminar y/o cancelar en cualquier momento, de manera parcial o total, los puntos de un cliente que incurra en una causal de exclusión.

     

    1. AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

             

            Al aceptar los términos y condiciones consignados en el presente documento

    y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 numeral 2 de la Constitución Política del Estado (CPE), y los artículos 9, 16 y 17 del Código Civil boliviano,  y demás normas que las modifiquen o adicionen, el Cliente manifiesta que autoriza a MANJAR DE ORO (la “Empresa”) y otorga pleno consentimiento previo, expreso e informado a esta Empresa para recolectar, almacenar, usar, procesar y transferir sus datos personales, bajo el entendimiento de la obligación que le asiste del correcto tratamiento de la misma en su calidad de responsable del tratamiento.

     

           Serán solicitados datos de identificación personal como nombre, apellidos, número de cédula, edad, dirección, correo electrónico y teléfono de contacto, lo anterior con el fin de poder identificarlo como Cliente de la Empresa, enviarle comunicaciones con información corporativa, publicidad sobre los productos y ofertas de la Empresa.

     

           El Cliente autoriza expresamente a la Empresa para obtener información personal suministrada directamente, o a través de fuentes públicas redes sociales entre otras, y para que las comunicaciones previamente aducidas puedan ser enviadas utilizando los medios de contacto suministrados por el mismo, incluido el contacto a través de redes sociales.

     

          El Cliente autoriza a la Empresa para enviar por cualquier medio, la información o dato personal, contenido en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, a empresas aliadas estratégicamente, sucursales o entidades aliadas con las cuales la Empresa mantenga una relación comercial, sin lugar a pagos ni retribuciones para el cliente.

     

    [1] Es toda maniobra o acto ilegal caracterizado por el engaño, ocultamiento o falsificación que sea perpetrado por o con la complicidad, colaboración y/o participación activa o pasiva del cliente y/o por organizaciones  en las que el mismo se encuentre involucrado, con el fin de obtener dinero, bienes o servicios, evitar pagos o pérdidas de servicios, o causar daños directos e indirectos a terceros y/o a MANJAR DE ORO.

     

     

     

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